
Repudio contra la criminalización de la protesta social en Argentina
(www.Enter-ate.com.ar – General Pico – Clate.net – org – CABA) En virtud de contar con el comunicado, lo publicamos íntegramente acorde al criterio que nos ha movido desde el primer minuto de existencia de nuestro portal de noticias, Enter-ate.com.ar
“La Confederación Latinoamericana y del Caribe de Trabajadores Estatales (CLATE) y la Asociación Latinoamericana de Abogados y Abogadas Laboralistas (ALAL) expresan su más enérgico repudio ante el intento de criminalización de la protesta social expresado en el nuevo Protocolo para el Mantenimiento del Orden Público ante el Corte de Vías de Circulación (Resolución Nº 943/2023, de fecha 14 de diciembre de 2023).
El gobierno argentino acaba de anunciar, apenas asumido, un paquete de medidas económicas típico de los planes de ajuste del Fondo Monetario Internacional. La devaluación de la moneda y la liberación de los precios provocó una fenomenal caída del salario real, y se prevé que en los próximos meses alcanzará niveles de hiperinflación.
Es en ese contexto en el que la Ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, presenta este nuevo Protocolo para responder a la protesta social que tales medidas económicas sin dudas generarán.
Se trata de una norma inconstitucional, pues pretende reglamentar los derechos constitucionales de protesta y de manifestación mediante una resolución ministerial, algo que eventualmente sólo podría hacer el Poder Legislativo, y siempre que no sean alterados (art. 28 CN). La ministra lo hace, y encima de manera regresiva, restringiendo derechos fundamentales.

Pero, además, de forma inaudita avanza sobre facultades del Poder Judicial, atribuyéndose la potestad de tipificar las manifestaciones públicas como un delito, específicamente el previsto en art. 194 del Código Penal Argentino sobre cortes de vías de circulación y entorpecimiento del transporte, desvirtuando y ampliando el alcance de una norma penal, algo vedado expresamente por las convenciones de DD.HH.
De ese modo, autoriza a las fuerzas de seguridad a reprimir cualquier protesta, hacer tareas de inteligencia sobre organizaciones sociales, incautar vehículos y sancionar a personas y asociaciones por el ejercicio de un derecho fundamental. Ello no sólo atenta contra el estado de derecho, sino que además supone atribuir de facto la suma del poder público a la Ministra de Seguridad. En efecto, se trata de la declaración de una suerte de estado de sitio sin ninguna de los requisitos previstos en la Constitución Nacional para ello.
Vale recordar que la jurisprudencia de los tribunales penales de Argentina ya determinó que el ejercicio del derecho de manifestación no constituye delito. Del mismo se expidió en reiteradas oportunidades el sistema interamericano de derechos humanos.
En función de esto, exhortamos al Ministerio de Seguridad a dejar sin efecto dicho protocolo y a instruir con precisión a las fuerzas de seguridad federales a su cargo, a sus mandos operativos y los agentes de todos los niveles, a respetar la integridad de las personas que ejerzan el derecho constitucional y democrático a manifestarse, respetando lo dispuesto por normas constitucionales e internacionales de DD.HH.

Repudiamos este intento de criminalización de la protesta social y del derecho de huelga que violenta principios y garantías fundamentales para el progreso social y la defensa de derechos humanos esenciales.
Exhortamos al Gobierno de la República Argentina a que garantice la plena vigencia de las libertades democráticas, y de los derechos de reunión, de peticionar a las autoridades, de protesta, de huelga, de expresión y de asociación, todos reconocidos por la Constitución Nacional, Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos. Enviamos nuestro apoyo y solidaridad a las y los trabajadores de Argentina y sus organizaciones, quedando a disposición para lo que consideren necesario”.
Matías Cremonte Julio Fuentes
Presidente ALAL Presidente CLATE


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