Condena a CFK Caso Vialidad: todas las voces

Un recorrido sobre los argumentos, afirmaciones y respuestas que se condensan en este caso

Argentina; Condenaron a Cristina Fernández de Kirchner22/06/2025 Hoy Día - com - Córdoba - Por Eduardo Ingaramo
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(www.HoyDia.com.ar – Córdoba – Por Eduardo Ingaramo) Ha sido muy difícil seguir los argumentos de unos y otros en un debate al que es imposible acceder sin leer, escuchar y ver muchos medios que por interés, amplitud del tema o pereza casi siempre son parciales y en algunos casos mal intencionados o repitiendo como un mantra invocaciones afectivas a los públicos que se dirigen. Por ello trataré de ordenar los argumentos, afirmaciones y respuestas que he logrado recabar, procurando no expresar, ni siquiera sutilmente mi opinión, que es menos importante que la que cada uno de ustedes puede hacerse.

Existe un consenso generalizado respecto a que la obra pública, la explotación de peajes u otras modalidades han sido desde hace mucho tiempo –recordemos las autopistas urbanas de Cacciatore durante la dictadura militar-, una forma de obtener recursos en beneficio propio o para cubrir gastos políticos.

La frase “no se puede hacer política sin dinero” ha sido aceptada por la sociedad sin objeciones, aun cuando ello implica al decir de Hugo Alconada Mon que es “la raíz de todos los males” que constituye el financiamiento de la política.

Así, los gobiernos nacionales, provinciales y municipales del país, pero también en todos los países que adhieren a una sociedad liberal-democrática-capitalista recurren a aportes privados que solo pueden justificarse si existen o existirán beneficios extraordinarios en quienes los faciliten, mucho más si controlan medios de difusión.

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En ese contexto se encuadra el caso Vialidad, como podría hacerlo el peaje de las autopistas de CABA en donde el gobierno de M. Macri aumentó las tarifas, reconoció supuestas deudas y prorrogó la concesión, previo a vender sus acciones de la empresa o el soterramiento del Ferrocarril Sarmiento con Odebrecht e IECSA –de Calcaterra y Macri- cuyas causas avanzaron en toda América Latina, salvo Argentina.

El juicio de Vialidad por obras en Santa Cruz nació en 2008 con una denuncia de Elisa Carrió y su Coalición Cívica. En 2011 el juez Ercolini envió la causa a Santa Cruz donde en 2013 se archivó por “inexistencia de delito”. Por lo que la defensa de CFK argumenta que “es cosa Juzgada” y no puede ser juzgada nuevamente.

En 2013 Graciela Ocaña hizo una nueva denuncia que no tuvo efecto judicial. En 2016 Javier Iguacel, nuevo titular de Vialidad Nacional, presentó el 29 de abril una denuncia formal que revitalizó el caso en base a una auditoría interna de Vialidad, que luego el perito desacreditó porque su informe “descartaba sobreprecios o incumplimiento de las obras”.

Con ella, Ercolini en 2016 reabrió la causa, procesó y elevó a juicio oral a CFK, De Vido, José López, Lázaro Báez y otros. Rodrigo Giménez Uriburu fue el presidente del tribunal oral y Diego Luciani su fiscal, lo que fue confirmado por la Cámara Federal por Jorge Ballesteros y Leopoldo Bruglia y finalmente por la Cámara de Casación a través de un fallo de Gustavo Hornos y Mariano Borinsky.

 

Los fiscales que intervinieron en la causa fueron Gerardo Policita e Ignacio Mahiques en la instrucción, Diego Luciani en el juicio oral y Mario Villar en la Cámara de Casación.

 

La prensa afín a la acusación afirma que la mayoría de los funcionarios judiciales que sostuvieron la acusación fueron designados por los gobiernos kirchneristas, mientras que la defensa señala que eso no es motivo de recusación, a la vez que afirma que Ercolini fue de los jueces identificados en el viaje a Lago Escondido financiados por Clarín. Mientras que Ignacio Mahiques es hijo y hermano de Carlos Mahiques y Juan Bautista Mahiques que también viajaron allí.

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Respecto de Rodrigo Giménez Uriburu y Diego Luciani del juicio oral, la defensa afirma que son amigos personales entre sí –lo que los inhabilita a participar en un mismo juicio- además de jugar al futbol en el mismo equipo, en la quinta Los Abrojos de Mauricio Macri –denunciante- a invitación de éste.

Mientras que Bruglia fue designado sin acuerdo del senado por Macri por traslado desde la Justicia de CABA, lo cual fue admitido por la Corte, aunque lo sostuvo en el cargo “hasta que se concrete una designación por el Senado”, lo que aún no ocurrió por la negativa tratar los pliegos del concurso, en el que ni siguiera participó.

Finalmente, Hornos y Borinsky de la Cámara de Casación, son objetados por ser frecuentes visitantes de Macri en la Rosada y la Residencia Presidencial de Olivos (RPO) con quien Borinsky jugaba al tenis. De allí el argumento de la defensa sobre el riesgo de parcialidad de los principales funcionarios judiciales intervinientes en el caso.

En su fallo la Corte afirma que CFK es culpable por “omisión impropia”, o sea “debió saber” sin pruebas directas que la involucren, sobre las irregularidades en las licitaciones peritadas -5 de 51-, lo que de aplicarse a otros casos convertiría en culpables a todos los presidentes, gobernadores, etc. por delitos cometidos en sus jurisdicciones.

Lo que ratifica lo afirmado por la defensa respecto que CFK “no tuvo dominio del tema”, ya que son los jefes de gabinete –que no fueron imputados- los que disponen de los fondos para el fideicomiso constituido, además que el Ministro De Vido que firmaba los desembolsos, fue sobreseído”.

 

Es de hacer notar que el actual Ministro de Justicia –Mariano Cuneo Libarona-, señaló públicamente antes de serlo –en octubre de 2023- que “no existen pruebas de la intervención de CFK” ni mucho menos sobre “la asociación ilícita” solicitada por los fiscales.

 

La pregunta que queda por resolver es respecto del monto del daño causado al Estado, que puede ser reclamado a los condenados, ya que no podría ser determinado por una pericia sobre 5 de las 51 obras, en las que además no existe coincidencia en los dictámenes –oficial y de la acusación- que solo coinciden en uno de ellos.

Puede haber muchos otros avatares de esta causa, pero estos parecen ser los fundamentales, que sobrevivirán en las presentaciones que se harían en el Sistema interamericano de DDHH –Comisión y Corte interamericanas de DDHH- y/o el sistema mundial de la Corte Penal Internacional (CPI) a las que las defensas anuncian apelarán, sin que ello modifique mientras tanto la sentencia firme.

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